Devolución de percepción del 35% por la Compra de Dólares o Consumos en Moneda Extranjera

Devolución de percepción del 35% por la Compra de Dólares o Consumos en Moneda Extranjera

Para solicitar dicha devolución, se deben cumplir con una serie de requisitos y cumplir con los pasos a seguir. No se debe estar inscripto en el Impuesto a las Ganancias ni en el Impuesto a los Bienes Personales, se debe poseer CUIT, tener clave fiscal nivel 2 o superior y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

El trámite de devolución es por cada mes en que te practican percepciones y se deben conservar los comprobantes de las percepciones para tener prueba de que nos practicaron dicha percepción.

Se debe ingresar al servicio “Devolución de percepciones” en AFIP y desde allí poder reclamar dicha devolución. En caso de ser aprobado el trámite, dichos fondos serán acreditados en la CBU informada.

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